CON SABOR A ORDENANZAS
La
transformación más importante de “Las Islas” se dio en el encuentro con las
ordenanzas municipales. Podríamos deducir que cuando una actividad informal se
ve regulada y controlada por el poder estatal, pierde completamente su esencia.
Pero éste caso puede ser mucho más complejo, ya que las políticas públicas no
sólo deben hacerle frente a una actividad económica informal, sino a una serie
de prácticas culturalmente normalizadas. En éste momento es necesario plantearse
la cuestión acerca de los límites y las competencias del orden gubernamental.
¿Es necesario que las ordenanzas municipales sean congruentes con el contexto
local? ¿O, a su vez es más producente adecuar nuestras costumbres a la ley?
Para responder éstas preguntas es preciso comprender que las explicaciones no
serán puras y estarán llenas de matices en las que podríamos interpelar a ambas
partes.
La
primera acción municipal giró en torno a la relocalización de “Las Islas”, ya
que en el anteproyecto de la Resolución Municipal 5822/11, se alegó que éste
centro causaba daños de carácter social y ambiental en su primera ubicación (Vea
las locaciones aquí: https://islitaurbana.blogspot.com/search/label/Infografias). Entre éstas quejas, se encontraba la congestión
vehicular, la contaminación por los gases y olores producidos por los carritos;
la aglomeración de jóvenes que consumían bebidas alcohólicas y los actos
obscenos que pervertían la “moral” de la sociedad. Todos estos argumentos
parecen bastante lógicos, pero el problema radicaba en que las caseras y los caseros
consideraban que éstas acusaciones tenían además una carga racial en contra
suyo. Apelaban a las decisiones políticas, asegurando que clausurar el lugar
sería una forma de atentar contra su sustento económico y sus derechos
laborales.
El
segundo documento emitido fue el Decreto Municipal Nº011/2014, que perseguía
soluciones que intentaban beneficiar a ambas partes. Además de acordar la
relocalización; se definieron competencias, uso permitido de la
infraestructura, modos de atención, horarios de funcionamiento, prohibición
de la venta y distribución de bebidas
alcohólicas, disposiciones, medidas de control, seguridad e inspección, entre
otros puntos. El trato resultaba
conveniente para los vendedores, pero varios de los postulados parecían ciertamente
innecesarios. Por ejemplo, que los dueños de casetas tienen prohibido
estacionar sus movilidades en el parqueo, y que los clientes sólo pueden tener
sus autos ahí durante media hora, de caso contrario serán revolcados. De igual
manera, se puede sancionar con la baja de la licencia de un propietario si no
está atendiendo de manera directa a sus comensales. Al principio los vendedores
se veían escépticos con este trato, pero cedieron con la finalidad de poder
proseguir con el desarrollo de sus ventas.
Posteriormente,
éste Decreto se vio reforzado por la “Ley Municipal de Actividades Económicas:
Plaza de comida “Las Islas” que contiene las mismas estipulaciones de manera
más concreta. El último y más reciente documento referido a éste centro es la
Resolución Municipal 6696/2014, que acota una nueva consideración sumamente
interesante. En este, se plantea a “Las Islas” como una marca reconocida a
nivel mundial, que debe ser explotada y potencializada como centro turístico
gastronómico, donde se puedan degustar varios platillos nacionales de manera
segura, limpia y cómoda. A pesar de todas éstas medidas, aún en la nueva
ubicación existen problemas con la cantidad de jóvenes que se reúnen tarde por
la noche a realizar reuniones y comer entre amigos. Desde el traslado sin
embargo, la clientela disminuyó, lo cual molestó mucho a los vendedores.
En
este sentido, planteamos si realmente un carácter público combativo resulta en
una verdadera solución. Como se pudo constatar en los otros artículos que
conforman éste reportaje, la comida necesariamente tiene un carácter social
para el cochabambino. Además, la comida ambulante tiene esa condición, la gente
se reúne en espacios públicos a consumirla. Aunque “Las Islas” tomaron una
forma sedentaria con la nueva infraestructura, aún conservan ese sentido de
reunión urbana. Efectivamente es correcto regular la acción de éste tipo de
sectores siempre que resulte perjudicial para el bien común, pero debemos ver
las limitaciones contextuales que nuestra localidad presenta. Por lo tanto, es
imprescindible hacer una revisión constante de éste tipo de leyes y decretos,
para poder analizar qué puntos ya no tienen vigencia y qué nuevos planes de
acción podrían efectuarse para lograr un equilibrio armónico entre los
vendedores de éste centro y la vecindad.


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